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Cuenta de depósito en garantía

El prestamista crea una cuenta de depósito en garantía para cobrar y desembolsar diversos pagos asociados con el préstamo hipotecario.

Los pagos hipotecarios comprenden capital, interés, impuestos y seguro (PITI, por sus siglas en inglés). Cuando efectúa su pago mensual, éste ingresa a su cuenta de depósito en garantía, desde la cual se realizan los pagos mensuales en concepto de capital e interés.

Los fondos restantes se reservan para cubrir ítemes de seguro e impuestos depositados en garantía que habrá que pagar durante el año, como impuestos inmobiliarios, seguro para compradores de vivienda y seguro hipotecario. Las cargos correspondientes a asociaciones de propiedad horizontal también pueden incluirse como ítemes de la cuenta de depósito en garantía. Sin embargo, los gastos extraordinarios de una propiedad horizontal o los impuestos especiales no son ítemes por los cuales un prestamista ofrezca servicios de depósito en garantía.

En conformidad con la Ley de Procedimientos de Liquidación de Bienes Raíces (Real Estate Settlement Procedures Act, RESPA), el prestamista debe realizar un análisis anual del depósito y suministrarle un informe y un aviso de todo cambio en los pagos hipotecarios y en los depósitos en garantía, dentro de un plazo de 60 días después de concluir el análisis. La Ley RESPA prescribe la cantidad de fondos que pueden retenerse en su cuenta de depósito en garantía según el tipo de préstamo. Su prestamista podrá suministrarle esta información.